E
eragon
Guest
Hola, es la situacion de un trabajador del REASS como trabajador por cuenta ajena que solicitó hace meses (en enero) la prestación de IT. Esta es denegada porque la empresa no comunica las jornadas reales efectuadas por el trabajador y no le consta nada en la Seguridad Social y por nuestra parte una vez que viene el trabajador (ya fuera de todo plazo adminsitrativo para interponer la Reclamacion Previa) y ante la insistencia del mismo se interpone aunque fuera de plazo reclamacion previa y ésta es denegada por el anterior motivo y por estar fuera de plazo, y claro está seguir hacia delante es una tonteria, al estar la reclamación fuera de plazo.
Ahora bien, creo pero no estoy muy seguro que como la prestación de IT prescribe a los 5 años y es un procedimiento administrativo, en cualquier momento dentro de esos 5 años se puede iniciar un nuevo procedimiento contra esa baja de it, aunque con anterioridad hubiesemos solicitado la prstacion, la denegaran, y se interpusiera la consiguiente reclamación previa. Entiendo, que con ese nuevo procedimiento estariamos ya dentro de plazo para poder efectuar la reclamación previa dentro de plazo y la consiguiente demanda. Esta es mi pregunta, gracias de antemano.
Ahora bien, creo pero no estoy muy seguro que como la prestación de IT prescribe a los 5 años y es un procedimiento administrativo, en cualquier momento dentro de esos 5 años se puede iniciar un nuevo procedimiento contra esa baja de it, aunque con anterioridad hubiesemos solicitado la prstacion, la denegaran, y se interpusiera la consiguiente reclamación previa. Entiendo, que con ese nuevo procedimiento estariamos ya dentro de plazo para poder efectuar la reclamación previa dentro de plazo y la consiguiente demanda. Esta es mi pregunta, gracias de antemano.