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Carlos2
Guest
¿Si los trabajadores pueden cobrar un variable en diciembre que en principio está previsto en función de objetivos, (variable que por ejemplo han cobrado en los últimos años) cómo habría que calcular el IRPF en enero para la retención del año? ¿Hay que tenerlo en cuenta para el IRPF, o es posible esperar a saber el variable que van a cobrar y recalcular el IRPF en diciembre?
Es decir que lo que me interesa es si es posible hacerlo en diciembre con el argumento de que no se si lo va a cobrar, ni en su caso su cuantía, hasta que llegue el momento, o bien si es obligatorio tenerlo en cuenta (por ejemplo el del último año, para hacer el cálculo de las retenciones del ejercicio.
Gracias.
Es decir que lo que me interesa es si es posible hacerlo en diciembre con el argumento de que no se si lo va a cobrar, ni en su caso su cuantía, hasta que llegue el momento, o bien si es obligatorio tenerlo en cuenta (por ejemplo el del último año, para hacer el cálculo de las retenciones del ejercicio.
Gracias.