R.E. AGRARIO CUENTA PROPIA.- BAJA

  • Iniciador del tema maripum
  • Fecha de inicio
M

maripum

Guest
Una personal se encuentra cobrando prestación por desempleo y además es comunero de una CB que se dedica a la agricultura. Para la campaña de vendimia y con el fin de evitar problemas con la Inspección, causa alta en el R.E.T.A. Agrario cuenta propia y suspende prestaciones.
Una vez terminada la recolección, solicita la baja en el RETA y solicita la reanudación de las presetaciones.
Le deniegan la baja ya que para cursarla la S.Social pide escritura de venta de las fincas o rescisión de contratos de arrendamiento de las tierras, y claro, eso no lo tienen.
La agricultura no es su medio fundamental de vida y normalmente tienen un trabajador contratado para las labores agrarias.
¿Que puedo alegar en el Recurso de Alzada que tengo que presentar, para que le concedan la baja.?
Gracias y un saludo.
 

aprendiz

Miembro
Haz constar:

1º.- La obligatoriedad del alta en la Seguridad Social es en virtud de la realización de actividad laboral. Por tanto, mantener la titularidad de una finca agraria nunca es requisito que obligue al alta. Nadie está obligado a vender su propiedad como requisito para indicar que ya no realiza actividad agraria que posibilite la baja.

2º Acreditar que no se realice actividad agraria. Para lo cual se ha de aportar documento firmado por el Administrador de la Comunidad de Bienes, o Gerente que desempeñe un cargo similar, o en su defecto, escrito firmado por los comuneros donde así se manifieste. Si la C.B. ha dejado de realizar actividad agraria, documento de alguna autoridad local donde así se indique.

3º. Expresar que se solicita la baja por no reunir los requisitos establecidos por la normativa vigente que obliga, según art. 2.1.c) de la Ley 18/2007 a la “realización de labores agrarias de forma personal y directa, aún cuando ocupen trabajadores por cuenta ajena”. Requisito que al dejar de reunirse exige la baja inmediata en el régimen.

Saludos.
 
Arriba