----------------------------------------------------------------fundación dijo:¿?
¿Cómo no?. Entiendo que estamos en el caso de que el trabajador sufre un accte., requiere algún tipo de atención médica pero sin causar baja, por tanto al día siguiente o incluso el mismo día se reincorpora a su puesto de trabajo.... ---> la empresa deberá remitir mensualmente la relación de accidentes de trabajo ocurridos sin baja médica, en los cinco primeros días hábiles del mes siguiente al del accidente, mediante el Delta.
Saludos.