Reconocimiento de relación laboral. Obligación de cotizar.

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Pau48

Guest
    Reconocimiento de relación laboral . Cotización Seg. Social
« en: 28 de Noviembre de 2008, 05:58:54 » Citar Modificar Eliminar 

En el supuesto de estimarse una demanda por despido ,  al considerarse relación laboral , la prestación de servicos realizada por un profesional a una empresa durante unos doce años. La obligación de cotización a la Seguridad  Social , sería asi mismo de los 12 años , o como máximo solo se podría retrotraer la obligación de cotizar a cuatro años,  a contar desde la fecha de la notificación de la sentencia???

En todo caso , cual sería la formula para reclamarle , al declarado empleado , la cuota obrera correspondiente a la reseñada cotización ?

Agradecería  aportación de jurisprudecia y comentarios !!
 
 

FERNANDO

Miembro conocido
La obligación se retroaería a los últimos 4 años. Eso sí, podía haber responsabilidad en torno a las prestaciones por parte de la empresa. Es decir, obligación de pagar la parte de prestación qu ee ltrabajador no cobra por no haber cotizado la empresa como debía.
 
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