fin de obra

laura

Nuevo miembro
Pregunta:

tengo una  empresa de construcción que el trabajo que tiene es a través de subcontratas, el tema es que se le termina la subcontrata y tiene contratados 6 trabajadores, con lo cual tiene que despedirlos a todos, ¿necesitaría autorización de al autoridad laboral o debo comunicar algo?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Un fin de obra es suficiente. Si están por obra, claro. De lo contrario, pues depende de los trabajadores que tenga o si cierra la empresa, para ver si es ERE o despidos objetivos.
 

laura

Nuevo miembro
Fernando, el artículo 51 del E.T.

"Se entenderá igualmente como despido colectivo la extinción de los contratos de trabajo que afecten a la totalidad de la plantilla de la empresa, siempre que el número de trabajadores afectados sea superior a cinco, cuando aquél se produzca como consecuencia de la cesación total de su actividad empresarial fundada en las mismas causas anteriormente señaladas"

¿esto quiere decir que si en una empresa tengo 4 trabajadores y despido a todos no estamos hablando de despido colectivo?, no puedo pedir un ERE para que así el Fogasa se haga cargo del 40% de las indemnizaciones o afecta el en algo el echo de contratos de obra.

una empresa que ha solicitado un ERE, se lo han concedido, procede al cese en la actividad, a los dos meses se da de alta de nuevo en la misma actividad, habría algún problema?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Si son cuatro, y en los últimos 90 días no has despedido a ninguno más, son sólo despidos objetivos. Nada más. Sí, el FOGASA paga el 40%, con lo que la empresa pagará el 60% (con los límites que establece la ley respecto al pago por parte del FOGASA).

Pues hombre, en principio no, pues el anterior ya se había concedido. Aunque, ojo con coger a los mismos trabajadores.
 
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