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a.baldovi
Guest
Tengo una duda , un trabajador tras estar seis meses en un ERE , vuelve a la empresa , se llega a un acuerdo y se le rescinde el contrato laboral por causas objetivas , la duda existe con el tema del finiquito el trabajador , no tenia las pagas prorrateadas , esos seis meses (180 Días ) debemos ternerlo encuenta para el computo de días pendientes de pagar de la paga , es decir , si debería haber devengado 360 , es correcto que la empresa solo le liquide 180 o debemos entender que cobro la parte propocional de la paga en el pago que recibió del ERE y en el caso de vacaciones igual deberiamos computar los 30 días . Gracias