plus reduccion absentismo.

monica

Nuevo miembro
BUENAS TARDES.

POR CONVENIO DEBO PAGAR 250 EUROS POR HABER REDUCIDO EL ABSENTISMO DURANTE EL AÑO 2010.

MI DUDA ES SI PAGO ESE PLUS EN MARZO COMO LO COTIZO:
LOS 250 € EN LA NOMINA DE MARZO ( NO PARECE LO CORRECTO)
Y SI LOS COTIZO LO HAGO COMO ATRASOS DEL 2010 O COMO COMPLEMENTARIA...

¿ALGUIEN SABE ALGO AL RESPECTO?

GRACIAS DE ANTEMANO.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Tienes 3 opciones:

- Una totalmente legal y ajustada a la realidad, pero la más complicada: cotizar en función del devengo, esto es, de enero a diciembre del 2010, vía complamentaria.

- Considerarla como concepto de devengo irregular o superior al mes dentro de este mismo año: cotizarías de forma prorrateada durante los 12 meses de este año, implicando, eso sí, complementaria por los meses ya transcurridos (si te das prisa, tal vez sólo enero y aún estás a tiempo de recalcular y presentar la de febrero). Tampoco creo que implique más riesgos, puesto que tal como la has hecho cotizar, te supone dar más explicaciones respecto a su verdadero devengo.

- Meterla toda en el mes del pago. Esta no es técnicamente correcta, pero, por su importe, hay poco riesgo que que deje de cotizar una parte por entrar en juego los topes de cotización (sólo ocurriría en los casos en los que la base normal quede a menos de 250 € del tope). Por tanto, poco riesgo y de pocas entidad (salvo que estemos hablando de muchos trabajadores en esa situación) de que te dé problemas en la práctica. Evidententemente, asumiendo ese nivel de riesgo, es la más cómoda.

En cualquier caso, yo soy partidario de hacer las cosas bien y seguro que optaría por una de las dos primeras.

Saludos
 
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