CONTRATO 540 - JUBILACIÓN PARCIAL

Clo

Nuevo miembro
Hola,
Un trabajador mayor de 65 años ha decidio jubilarse parcialmente.
He hecho el movimiento en tgss, cambio de contrato a 540...
Lo que me llama la atención es que no encuentro x ningún sitio información sobre este contrato.
Veo que el modelo señala que es contrato TEMPORAL. Empresa y trabajador quieren que sea indefinido, y que el trabajador se de de baja cuando ya no pueda trabajar más, sin limitación temporal... No se si eso es posible viendo el modelo de contrato...
Y en caso de que únicamente se pueda hacer temporal... cuántas prórrogas se pueden hacer???
Gracias y saludos,
 

Clo

Nuevo miembro
Hola Fernando,
Es que no hay tiempo establecido. Seguirán en esta situación hasta que el cuerpo aguante... Pueden ser tres meses (el señor está malito) o tres años...
1.- Si le hago el contrato TEMPORAL de un año, y resulta que a los tres meses se quiere jubilar... ¿se podría jubilar sin problema?
2.-Si le hago el contrato de un año, y renuevo x otro año más, y luego quiere trabajar un tercero... ¿podemos hacer todas las prórrogas que queramos?
Gracias y saludos,
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- Claro, se puede jubilar cuando quiera.

2.- la legislación laboral, no permite ese tipo de contratos temporales.
 

Clo

Nuevo miembro
1.- Vale. Le hago un contrato de un año, por ejemplo, o de cinco años, si lo prefieren... y antes de finalizar el contrato puede jubilarse sin problemas cuando quiera.

2.- Aquí no te entiendo. ¿Te refieres a que no se pueden hacer prórrogas del contrato 540 (que es temporal)?

Gracias otra vez
 

Clo

Nuevo miembro
Uys, pues sí que me estoy confundiendo :eek:
Expuse el caso en el foro (trabajador mayor de 65 q quiere jubilarse parcialmente y NO habrá relevista), y Javier me contesta:
Al que se jubila modificación contrato, pasando a 540 con la parcilidad correspondiente
Cuando llamé a tgss me confirmaron lo mismo... baja contrato 100 alta 540
y además es que existe un modelo de contrato que es de relevo!
Y no soy capaz de encontrar en ningún sitio (westlaw, mementos, pag web del spee, google, debajo de las piedras...) dónde se regulan las condiciones de este puñetero contrato! Y porqué se engloba en contratos de duración determinada!!!!
 

Clo

Nuevo miembro
Hola Fernando,
Gracias x tu interés en el tema (eres el único que me hace caso!), ...
he vuelto a llamar a tgss y he vuelto a exponer el caso (era otra persona q me atendió esta vez), y me han recontraconfirmado que el contrato que le corresponde al trabajador que se jubila parcialmente (saben que NO hay relevista xq es mayor de 65 años) es el 540!!!!!!!!!!
Y yo sigo con la cara "desencajá"  :eek:...
 

aprendiz

Miembro
Respecto a las claves de contrato:

Código 540:  Es para el jubilado a tiempo parcial. Es una proyección del contrato anterior por ejemplo a efectos del tipo de cotización por desempleo.

Código 441: Es para el relevista a jornada completa.

Código 541: Es para el relevista a tiempo parcial.

Saludos.
 
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