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Guest
En un procedimiento de determinación de contingencia instado por la Mutua frente al trabajador, SS y empresa (mi representada) se ha dictado sentencia desestimatoria de la demanda y estimando el carácter profesional de la contingencia.
En el juicio la empresa defendió el carácter común de la cotingencia, pero la sentencia ha sido absolutoria respecto a la misma.
Lo que quería saber era si procesalmente se puede recurrir esa sentencia en nombre de la empresa. Yo considero que no es posible, puesto que aunque en el fondo de la sentencia no se nos da la razón, formalmente somos demandados y la demanda se ha desestimado.
Me gustaría conocer vuestras opiniones al respecto.
Gracias.
En el juicio la empresa defendió el carácter común de la cotingencia, pero la sentencia ha sido absolutoria respecto a la misma.
Lo que quería saber era si procesalmente se puede recurrir esa sentencia en nombre de la empresa. Yo considero que no es posible, puesto que aunque en el fondo de la sentencia no se nos da la razón, formalmente somos demandados y la demanda se ha desestimado.
Me gustaría conocer vuestras opiniones al respecto.
Gracias.