traspaso trabajador

monica

Nuevo miembro
¡BUENAS TARDES!
TENGO UNA EMPRESA FORMADA POR DOS SOCIOS, UNO DE ELLOS QUIERE CONSTITUIR OTRA EMPRESA CON OTRO SOCIO Y QUIERE QUE UN TRABAJADOR DE LA PRIMERA EMPRESA PASE A TRABAJAR A LA NUEVA EMPRESA.
MI DUDA ES: ¿TIENE QUE DESPEDIR AL TRABAJADOR EN LA PRIMERA EMPRESA?
EN LA SEGURIDAD SOCIAL ME DICEN QUE PUEDO DARLE DE BAJA INDICANDO "OTRAS CAUSAS" Y MANTENER SU ANTIGÜEDAD INDICANDO FECHA INICIO DEL CONTRATO INICIAL  Y FECHA ALTA LA QUE CORRESPONDA EN ESTA NUEVA EMPRESA.

EN EL INAEM ME DICEN QUE  DEBEN FIRMAR UN CONTRATO NUEVO PORQUE NO SE TRATA DE UNA SUBROGACION.

¿QUE HARIAS VOSOTROS?
POR CIERTO SI LE DOY DE BAJA POR OTRAS CAUSAS NO TENGO QUE INDEMNIZAR ¿NO?

GRACIAS A TODOS POR VUESTRAS RESPUESTAS.
 

elchuske

Miembro conocido
le puedes traspasar siempre que el trabajador acepte, Si no le indemnizas  el juez entendera que hay sucesion de empresas en caso de despido. Yo le despediria con su indemnizacion correspondiente, Para nada le reconoceria la antiguedad, Y por supuesto contrato nuevo a todos los efectos . Si el acepta pues nada le das de alta reconociendo la antiguedad pero recordando siempre que la otra empresa sera tambien siempre responsable de la posible indemnizacion en caso de despido , y le liquidas normalmente sin indemnizacion siempre que acepte claro.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sucesión de empresa sin traspasar elementos patrimoniales?; no, no es así. Lo mejor, claro, es pactar la antigüedad en la nueva empresa y que la misma sirva para el calculo del despido.
 

elchuske

Miembro conocido
Fernando sin traspasar elementos patrimoniales??? pues si hay sucesion de empresas, desgraciadamente es asi, los jeces asi los interpretan, y he tenido un par de casos que asi ha sido . No pasa nada si una empresa traspasa al trabajador, se le reconoce la antiguedad y la antigua desaparece. Pero si la antigua existe y le despiden seran las dos las que paguen .
 

fundación

Miembro conocido
Ojo, concurre transmisión cuando se da "la cesión de elementos significativos del activo material o inmaterial", según doctrina del TS, ss. 27-10-04 y 25-01-06. Si es personal cualificado específico podría entenderse como entidad económica autónoma, por tanto sucesión.


 

Raquel GR

Miembro activo
Es una sucesión voluntaria, y todo depende de lo que se pacte con el trabajador.
Si no le conservais la antigüedad a todos los efectos, lo normal es que el hombre pida su indem o si se va porque quiere pues nada.

Y si le conservais la antigüedad pues luego a indemnizar (si llegara el caso) con toda su antigüedd en las dos empresas.

Lo que te dice TGSS es correcto, es voluntaria y se puede hacer así, en cuanto al inem, yo haría contrato nuevo con la clausula de la antigüedad.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ojo, los traspasos de elementos no patrimoniales, sino humanos, requieren siempre la conformidad del trabajador.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Respecto al caso planteado entiendo que debe mediar el consentimiento del empleado, pero respecto a la afirmación de que, para que aplique la sucesión de empresas en las condiciones previstas en el art. 44 del ET deba existir necesariamente transmisión de elementos patromoniales,  creo que ya lo hemos discutido en alguna ocasión, NO ES SIEMPRE NECESARIO. Por ej. uiede ser suficiente el traspaso de una unidad productiva autónoma sin que necesariamente exista traspaso de elementos patrimoniales, solo humanos.
Sin ir más lejos, muchos casos de outsurcing se resuelven por esta via y sin problemas.

Saludos
 
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