CAMBIO FORMA DE PAGO NOMINA

Sergei

Miembro conocido
Buenas tardes
Tengo un cliente que ha recibido carta de una trabajadora, con el membrete de UGT, exigiengo que a partir de este mes se le haga transferencia de la nómina al numero de cuenta xxxxx.
La empresa siempre ha hecho el pago de las nominas en efectivo a ella y al resto de trabajadores.
Hasta hoy no me había topado con exigencia unilateral de cambio de forma de pago por parte del trabajador. Me he perdido algo?
 

LABOR

Miembro activo
ENTIENDO QUE LA ELECCIÓN DE LA MODALIDAD DE PAGO CORRESPODNE AL EMRPESARIO AUNQUE DEBE INFORMAR AL COMITÉ LA OPCIÓN ELEEGIDA
 

Sergei

Miembro conocido
Ok, como yo tenía entendido. Lo que me extraña es la carta con el membrete de UGT.
Señalar que es un autónomo con 3 trabajadores y no hay comité.
 

archilla

Nuevo miembro
habría que leer esa carta y ver cómo y en base a qué lo argumentan....

Salvo que el convenio obligue a algo, hay que atenerse a lo indicado en el art. 29.4 del ET:

"4. El salario, así como el pago delegado de las prestaciones de la Seguridad Social, podrá efectuarlo el empresario en moneda de curso legal o mediante talón u otra modalidad de pago similar a través de entidades de crédito, previo informe al comité de empresa o delegados de personal."
 

Sergei

Miembro conocido
Textualmente:

A la atención de la empresa XXXXXXXXXXXXXX
La trabajadora XXXXXXXXXXXXXXXX con NIF xxxxxx y cuyos datos laborales constan en la empresa, SOLICITA:
- Que a partir de la NOMINA DE ENERO 2012 (incluida) se efectue el ingreso salarial mediante transferencia bancaria en la cuenta XXXXX

En XXXX a 10 de enero de 2.012 (La carta llegó el viernes 3/02/12)


Entiendo que podemos denegar la solicitud ya que el convenio tampoco menciona el tema.
 

archilla

Nuevo miembro
je, je, era de esperar... una "solicitud"

Pues nada, si el empresario tiene esa costumbre (de momento sigue siendo legal) que se lo haga saber y le puedes poner que se hace en base a lo estipulado en el articulo arriba mencionado.

Cuando saquen, si es que sale adelante y no se queda como una idea luminosa, lo de limitar los importes de los pagos en efectivo, pues ya veremos.
 

Sergei

Miembro conocido
Sí, solo una solicitud.
Pero quiero andar con pies de plomo con esta trabajadora porque la cosa pinta mal.
 

archilla

Nuevo miembro
Sergei dijo:
Sí, solo una solicitud.
Pero quiero andar con pies de plomo con esta trabajadora porque la cosa pinta mal.

Puers puedes hacer dos cosas:

- como ha presentado una "solicitud" y casi seguro que sin dejar constancia, puedes pasar de ella y ni siquiera responder
- puedes responder, citando el art. del ET citado e incluso indicando que ni el ET ni el CC obligan al pago pro transferencia. Que te firme un recibí de tu respuesta.
 

Sergei

Miembro conocido
Gracias archilla
Recibió la notificación por correo certificado y ya le entregué a la empresa contestación denegando la solicitud. Pero quería asegurar de de la validez de mi acción.
Saludos
 

archilla

Nuevo miembro
Sergei dijo:
Recibió la notificación por correo certificado

El correo certificado dirigido a una empresa privada, no prueba nada, sólo que se ha recibido un sobre, con remitente y destinatario pero no prueba nada sobre su posible contenido.
 

Sergei

Miembro conocido
Ya, realmente creo que lo hicieron por si "colaba" pero sin muchas esperanzas de prosperar.
He hablado personalmente con el que redactó la carta de UGT y hemos aclarado que se mantiene la forma de pago anterior.
 
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