Articulo 15.5 del ET con la nueva reforma

alejop

Nuevo miembro
Tengo una duda debemos entender con la nueva reforma, articulo 17 ,
que lo expuesto inicialmente en el artículo 15.5 et ( segun rd 10/2011) queda suspendido hasta el 31 de 2012, es decir, durante este año , las empresas pueden seguir manteniendo , la temporalidad de los contratos fuera de los limites de los 24 meses dentro de los 30 meses . gracias
 
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