despido objetivo

monica

Nuevo miembro
¡Buenos dias!
La reforma laboral, dice que si se acredita descenso de ventas durante tres trimestres puede despedirse al trabajador por causas economicas,. Mi duda es los tres trimestres deben contarse a partir de febrero o tiene caracter retroactivo




otra consulta: ¿se puede despedir a una empleada que se reincorpora tras dar a luz  y disfrutar del mes de lactancia que permite el convenio? Es la unica trabajadora de la empresa y con la crisis los dueños del negocio se sirven para desempeñar todo el trabajo, de echo ni siquiera la han sustituido durante la baja por otra trabajadora.
 

FERNANDO

Miembro conocido
- Sí, el cómputo puede ser retroactivo.

- Si hay razones objetivas suficientes, sí, puedes despedir a la trabajadora.
 

elchuske

Miembro conocido
Fernando es mas optimista, Pero en fin, mi consejo, no la despidas o tendras problemas. Por muchas razones que tengas .Espera a ver si sale alguna sentencia que nos de alguna pista por donde van los tiros porque te puedes encontrar con un verdadero problema .
 

Clo

Nuevo miembro
Yo estoy de acuerdo con Elchuske,
No se como se va a interpretar esto en los juzgados (bueno sí, ya se que no se podría interpretar más de lo que hay en la ley, pero no me puedo creer que se despida a alguien por estar de it x cc 9 días...).
Yo también esperaría a ver como va el asunto...
 

elchuske

Miembro conocido
CLO tu crees que por mucho que diga la ley los jueces la van a llevar a cabo al pie de la letra??? yo opino que no , Y poner en la calle a una embarazada, por dios eso si que lo tengo que ver con mis propios ojos .
Y si te quiere precipitar y tirarte al vacio, pues despide, luego con asumir que vas a perder pues bien . No olvidemos que a veces perdemos el norte ,  los juzgados de los social se crearon para defender a los trabajadores, no para darle la razon al empresario. Como norma genral claro, excepciones raritas las hay .
 

Clo

Nuevo miembro
Hola Elchuske,
Sí, si lo que digo es que estoy de acuerdo contigo...
Claro, también entiendo lo q dice Fernando, si no puedes esperar, pues te tiras a la piscina... Pero si es el "típico" caso de trabajador al que no aguantas/no rinde y que hace años q te lo quieres quitar de encima pero te sale carísimo, y quieres aprovechar la coyuntura pudiendo demostrar menores ingresos sostenidos (¿quién no puede demostrar eso hoy en día???), pues esperaría, como dices, para ver qué opinan los jueces al respecto...
Qué paséis un buen finde...
 
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