exdencia-despido

monica

Nuevo miembro
¡Hola,  buenas tardes!
Quisiera vuestra ayuda.
Si un trabajador solicita excedencia por cuidado de familiares se le puede despedir "sin problemas" siempre que sea justificado, aunque no permanezca un tiempo en la empresa.
Tengo entendido que si la excedencia es por cuidado de hijo hay que esperar mínimo 9 meses para despedir a esa trabajadora.
¿estoy en lo cierto?

Muchas gracias a todos por vustra colaboración.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Creo que estás confundiendo la especial protección que se tiene respecto al despido (improcedente) durante el periodo de lactancia (9 meses).
Si estamos ante una excedencia por cuidado de hijo o de familiares simplemente lo que sucede es que al existir en estos casos la reserva de puesto de trabajo, durante la excedencia sería absurdo despedir (la relacion  laboral está suspendida), pero serñia en el momento en que el trabajador solicite la rencorporacion cuando si la empresa se opone, estarems ante un despido.
Y si resulta que eso sucede denttro del peirodo de 9 meses tras el nacimiento de un hijo, salvo que sea procedente, el despido será nulo.
Tambien puede suceder que el trabajador, al solicitar su reincorporacion, pida la mismo tiempo la reduccion de jornada por guarda legal. Estaríamos en el mismo caso, despido nulo (pero por la no reincorporacion cuando la ha solicitado y si el trabajador reclama, claro, no estamos hablando que la empresa le despida por iniciativa propia durante la excedencia)

Saludos
 

monica

Nuevo miembro
¡Buenos dias!
La cuestión es que la empresa  se ha dado cuenta que la empresa funciona igual sin un empleado (de los mas costosos economicamente) y con la reduccion de ventas querria despedirla por causas economicas, no se trata de no admitirla en su puesto o que no hay puesto.
Pero que resulta más "facil"
No readmitir o despedir por causas económicas.
Muchas gracias Nando
 
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