Hola, me gustaría poder contrastar este tema, a ver si alguien de por aquí puede aportar algo.
Se celebran elecciones a comité de empresa. Sólo una lista. En lista incluye varios candidatos sumplentes. Obviamente salen elegidos todos los candidatos "titulares" de la lista.
Al cabo de unos meses uno de ellos renuncia a su condición de miembro del comité de empresa.
Poco tiempo después, otro miembro causa baja de la empresa.
El comité no comunica en ese momento la designación de nuevos miembros contando con los que tenian la condición de suplentes en la lista.
Ahora, un año más tarde, comunican la sustitución.
¿Entendéis que puede hacerse?
Si me remito a la norma, el art. 67.5 del ET se refiere a la posibilidad de sustiución de miembros del comité (por dimisión, baja, etc, de alguno de los miembros iniciales).
" 5. Las sustituciones, revocaciones, dimisiones y extinciones de mandato se comunicarán a la oficina pública dependiente de la autoridad laboral y al empresario, publicándose asimismo en el tablón de anuncios"
Pero, por otro lado, el art. 14 del RD 1844/1994 establece:
" Artículo 14. Sustituciones, revocaciones, dimisiones y extinciones de mandato.
Las comunicaciones a que se refiere el artículo 67, apartado 5, del Estatuto de los Trabajadores, se efectuarán en el plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha en que se produzcan por los Delegados de Personal que permanezcan en el desempeño de su cargo o por el Comité de Empresa, debiendo adaptarse la comunicación al modelo número 5, hoja 2, o al número 7, hoja 3, según proceda, del anexo a este Reglamento."
¿se refiere a que, independientemente de cuando se realice la sustitución , el plazo de 10 días es meramente para hacer la comunicación a la oficina pública y a la empresa?
¿o bien que la sustitución debe hacerse en unn plazo de 10 días desde que tiene lugar la dimisión, baja de la empresa, etc,. del representante titular?
En fin, me temo que será lo primero, pero eso de que desginen sustitutos (aunque los había ya en las listas iniciales) al cabo de un año me genera dudad.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Saludos
Se celebran elecciones a comité de empresa. Sólo una lista. En lista incluye varios candidatos sumplentes. Obviamente salen elegidos todos los candidatos "titulares" de la lista.
Al cabo de unos meses uno de ellos renuncia a su condición de miembro del comité de empresa.
Poco tiempo después, otro miembro causa baja de la empresa.
El comité no comunica en ese momento la designación de nuevos miembros contando con los que tenian la condición de suplentes en la lista.
Ahora, un año más tarde, comunican la sustitución.
¿Entendéis que puede hacerse?
Si me remito a la norma, el art. 67.5 del ET se refiere a la posibilidad de sustiución de miembros del comité (por dimisión, baja, etc, de alguno de los miembros iniciales).
" 5. Las sustituciones, revocaciones, dimisiones y extinciones de mandato se comunicarán a la oficina pública dependiente de la autoridad laboral y al empresario, publicándose asimismo en el tablón de anuncios"
Pero, por otro lado, el art. 14 del RD 1844/1994 establece:
" Artículo 14. Sustituciones, revocaciones, dimisiones y extinciones de mandato.
Las comunicaciones a que se refiere el artículo 67, apartado 5, del Estatuto de los Trabajadores, se efectuarán en el plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha en que se produzcan por los Delegados de Personal que permanezcan en el desempeño de su cargo o por el Comité de Empresa, debiendo adaptarse la comunicación al modelo número 5, hoja 2, o al número 7, hoja 3, según proceda, del anexo a este Reglamento."
¿se refiere a que, independientemente de cuando se realice la sustitución , el plazo de 10 días es meramente para hacer la comunicación a la oficina pública y a la empresa?
¿o bien que la sustitución debe hacerse en unn plazo de 10 días desde que tiene lugar la dimisión, baja de la empresa, etc,. del representante titular?
En fin, me temo que será lo primero, pero eso de que desginen sustitutos (aunque los había ya en las listas iniciales) al cabo de un año me genera dudad.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Saludos