Credito horario delegado sindical

Alfonso

Nuevo miembro
Buenos días:
Me gustaría saber si existe un tiempo de preaviso y una formalidad para que el delegado sindical disfrute de su credito horario. También, si el empresario puede exigir que se justifique la utilización de ese crédito para lo que es y no para asuntos particulares.

Muchas gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
no hay plazo de preaviso, pero se ha de hacer lo antes que se pueda y sí, a instancia del empresario debe justificarse el uso del crédito horario.
 

Paco~

Nuevo miembro
Alfonso dijo:
Buenos días:
Me gustaría saber si existe un tiempo de preaviso y una formalidad para que el delegado sindical disfrute de su credito horario. También, si el empresario puede exigir que se justifique la utilización de ese crédito para lo que es y no para asuntos particulares.

Muchas gracias

Hola,

Aquí Alfonso habría que referir aquello que D.Miguel de Cervantes decía: “Con la iglesia hemos dado, Sancho…”

Estoy de acuerdo con Fernando en que debería ser así. Sin embargo, los tribunales ya se encargaron de interpretar al legislador.

Cierto es, que la utilización del crédito horario no precisa de concesión por parte del empresario. Sin embargo, el ET condiciona su régimen legal al de los permisos retribuidos, imponiendo que la ausencia del trabajo se efectúe previo
aviso y justificación. El preaviso o comunicación al empresario, tiene por objeto que éste pueda tomar las oportunas medidas para la sustitución del trabajador, debiendo comunicarse con una antelación razonable, salvo convocatoria urgente, y sin que sea preciso poner en conocimiento de la empresa los temas a tratar en la reunión convocada. No se trata, por tanto, de solicitar un permiso que haya de ser concedido por el empresario, sino sencillamente hacerle saber que se va a producir la ausencia del trabajo.

Y esto es así, porque el alcance de este precepto en relación con el crédito de horas de los representantes ha sido interpretado por el TS en los términos siguientes (STS de 19 de septiembre de 1990): "la justificación a que se refiere el artículo 37.3 del ET opera en el plano formal como exigencia de una indicación al empresario de la finalidad genérica a que se afecta el tiempo utilizado a efectos del control del total disponible, sin que sea preciso una cumplida prueba, a través de medios hábiles al efecto, de las concretas actividades realizadas en las horas utilizadas".

Y por otro lado "...conforme a reiterada jurisprudencia de la Sala..., la actuación representativa realizada durante el tiempo de utilización del crédito horario se halla amparada por presunción de probidad, destruible mediante prueba en contrario, lo que supone que cuando, cual es el caso, se alega dicho inadecuado uso con consiguiente transgresión de la buena fe, corresponde al que con tal fundamento decide el despido una cumplida demostración de la veracidad de su aserto" (STS de 12 de febrero de 1990).

De este modo, puede corresponder al empresario un cierto control en la utilización del crédito horario por el representante; aunque en esta materia no cabe someter al representante a una "vigilancia singular" por parte del empresario (entre otras  STS de 14 de junio de 1990; STS de 12 de febrero de 1990 y  STS de 10 de febrero de 1990)

Con saludos
 
 

FERNANDO

Miembro conocido
Las sentencias hablan de compaginar el derecho a control por parte del empresario de la actividad sindical, pero sin afectar al derecho constitucional de ejercicio sindical. Sin duda complicado.
 

Alfonso

Nuevo miembro
Gracias a todos por vuestros comentarios, no es fácil compaginar los dos preceptos del E.T. cuando una de las partes no quiere colaboración y buen trato.

Un saludo
 

Paco~

Nuevo miembro
Alfonso dijo:
Gracias a todos por vuestros comentarios, no es fácil compaginar los dos preceptos del E.T. cuando una de las partes no quiere colaboración y buen trato.

Un saludo

Hola,

Pues sí Alfonso, no es fácil compaginar ambos intereses (los del empresario y los de los representantes) porque al ser éstos contrapuestos pues pasa lo del vaso que contiene líquído: que por poco que tenga, unos lo ven demasiado lleno y los otros, demasiado vacio. Es cierto también que el legislador podría esmerarse algo más a la hora de hacer las delimitaciones en obligaciones, derechos y exigencias, pero ¿donde está el límite del buen hacer?  Para mí, en la prudencia de todos: unos porque no quieren entender que como órganos representativos, tienen una misión que cumplir y no deben someterse al criterio del empresario, (malo sería también, si lo hiciesen)en si la labor está bien realizada o incluso si resulta o no conveniente; otros, que por el hecho de tener atribuido el derecho a ejercer su labor, éste deba realizarse inadecuadamente. Y digo lo anterior, porque aparte de las supuestas corruptelas (hoy viernes, me voy al sindicato; el lunes, voy a una reunión de la federación tal y distinta de la actividad de la empresa; el jueves, porque ya no me apetece seguir al estar demasiado cansado, etc.) que puedan (y que se dan, demasiado) darse, lo cierto es que siempre le parecen mal al empresario por el trastorno que originan en el proceso productivo. Y ya no te digo si entre los miembros sindicales existe alguno que tenga que negociar el convenio, pues para éstos la  LOLS art. 9.2 y para los que ostenten cargos electivos a nivel provincial o superior en las organizaciones sindicales más representativas establece: "Cuando dichos representantes participen en las comisiones negociadoras de Convenios colectivos, manteniendo su vinculación como trabajador en activo en alguna empresa, tendrán derecho a la concesión de los permisos retribuidos que sean necesarios para el adecuado ejercicio de su labor como negociadores, siempre que la empresa esté afectada por la negociación".

En fin Alfonso, que te sea leve y ojo porque siempre ocurre que el perjudicado en estos menesteres es el "mensajero" y espero no equivocarme. Más claro todavía y utilizando un simil: si en un equipo de futbol no se ganan partidos, no te quepa la menor duda que el que tiene que salir es el entrenador: los futbolista pesan demasiado. Con lo cual, el problema es que el entrenador no dirige bien su trabajo.

Con saludos
 
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