Paco~
Nuevo miembro
Hola a todos,
Como sabéis, el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el "Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos", a partir del año 2009 será obligatorio para todas las empresas, declarar mensual o trimestralmente por internet la relación de las operaciones reflejadas en el Libro Registro de Facturas Recibidas, en el Libro Registro de Facturas Expedidas, en el Libro Registro de Bienes de Inversión y en el Libro Registro de Operaciones Comunitarias.
Este R.D. afecta a todas las empresas que tienen la obligación de confeccionar los Libros de Registros citados, pero en la referencia del Consejo de Ministros del 14 de agosto de 2008, se informaba que:
"Se va a tramitar una modificación normativa de modo que dicha obligación sólo sea exigible en 2009 para quienes presenten declaraciones mensuales a devolver en el IVA. La entrada en vigor de la medida para el resto de contribuyentes se evaluará".
Si alguien tiene alguna información sobre el tema, le ruego la exponga.
Gracias y saludos
Como sabéis, el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el "Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos", a partir del año 2009 será obligatorio para todas las empresas, declarar mensual o trimestralmente por internet la relación de las operaciones reflejadas en el Libro Registro de Facturas Recibidas, en el Libro Registro de Facturas Expedidas, en el Libro Registro de Bienes de Inversión y en el Libro Registro de Operaciones Comunitarias.
Este R.D. afecta a todas las empresas que tienen la obligación de confeccionar los Libros de Registros citados, pero en la referencia del Consejo de Ministros del 14 de agosto de 2008, se informaba que:
"Se va a tramitar una modificación normativa de modo que dicha obligación sólo sea exigible en 2009 para quienes presenten declaraciones mensuales a devolver en el IVA. La entrada en vigor de la medida para el resto de contribuyentes se evaluará".
Si alguien tiene alguna información sobre el tema, le ruego la exponga.
Gracias y saludos