Fallecimiento trabajador. Enfermedad común

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V

VIC2705

Guest
Hola, he comenzado la semana con el conocimiento del fallecimiento de un compañero que llavaba casi un año luchando contra un cancer.....

Estoy viendo en el convenio (construcción comunidad de madrid) que hay que indemnizar a sus herederos con el importe de cuatro mensualidades de todos los conceptos de las tablas del convenio aplicable. Esto es, salario base, plus actividad, plus extrasalarial? Hay que incluir también extras y vacaciones?. Le tengo que liquidar las vacaciones no disfrutadas de este año?. Esta indemnización la cubre algún seguro (responsabilidad civil o accidentes)?. Gracias por vuestra ayuda.
 

fundación

Miembro conocido
Transmitirte mis condolencias por la muerte de tu compañero.

Por otro lado entiendo que debes incluir tanto las extras devengadas como la parte de vacaciones también devengada. Seguramente vendrán las cantidades reflejadas por esos conceptos en tu convenio, en mi provincia así vienen expresadas.

Sobre el tema del seguro, el de RC obligatoria para daños o defunción de trabajadores es el que cubre las consecuencias derivadas de accte. de trabajo o enfermedad profesional.
 
V

VIC2705

Guest
muchas gracias por tu respuesta, ahora solo queda la decisión del jefe, que no le veo muy por la labor.
 
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