Jubilacion parcial. cotización

lledo

Miembro
Estamos llevando un empresa que tiene un jubilado parcial y ahora he oido que tienen que cotizar el 30% sobre la BC como si fuera a tiempo completo, es eso cierto o tiene algo que no entiendo. Gracias
 

jcg73

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Sí le afecta, ya que se jubiló parcialmente con posterioridad a la publicación de la ley de reforma de pensiones, ver Disposic.Final 12º ap.2.c Ley 27/2011, no obstante el incremento al 30% se pospone a abril de 2013.
 

Ro

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Jpc73 tienes razón pero dónde figura lo de hasta abril, ¿en la ley de presupuestos para este año??
 

Ro

Miembro activo
Tienes razón yo me lío con los nombres, pero es que también... tu nombre se las trae, Jcg, y gracias
 

silcon

Nuevo miembro
Retomo este tema.

Tengo un trabajador al que se le ha hecho contrato relevo ahora en febrero, manteniendo el 15% de jornada ya que se contrata a otra persona a tiempo completo y de manera indefinida.
Entiendo que cotización de febrero y marzo del jubilado a tiempo parcial será por el 15% de jornada.
Y a partir de abril, ¿ habrá que esperar a ver que deciden en marzo o se supone que en abril mismo tendríamos que empezar a cotizar por el 30%?
 

Ro

Miembro activo
Pero eso no supondrá que habrá que subirle el salario no¨?? y si no es así como se va a cobrar por un porcentaje de trabajo y cotizar por otro superior?? Sabeis de algún caso.. o es que me lío y se le sube el salario también, ¿le rebajan entonces en el INSS? porque no creo que vaya a cobrar más el trabajador.
 

jcg73

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No, simplemente la cuota patronal se incrementa al 30% pero el trabajador sigue trabajando y cobrando sobre el 15% de su salario a jornada completa.
 

silcon

Nuevo miembro
retomo la pregunta, y entiendo que en virtud del Rd 5/2013, el contrato relevo firmado en febrero de 2013 se regula por la normativa anterior y, por tanto, se mantiene la cotización por el 15% de alta y no por el 50% establecido por este mismo decreto en 2013.

¿ correcto?

y lo mismo ocurrirá con otros trabajadores que se jubilen en este año o hasta 2019 siempre que estén incorporados a planes de jubilación recogidos en convenios colectivos de cualquier ámbito o acuerdos colectivos de empresa suscritos antes del 1 de abril de 2013.
así que todos a correr a suscribir este tipo de acuerdos..
..


edito lo que afirmaba arriba. he hablado con una persona del Inss y me dice que, en cualquier caso, a esta personas incorporadas a planes de jubilación se les mantendrán los requisitos de acceso a la jubilación parcial pero no así el tema de la cotización empresarial que, en todos los supuestos, será del 50% incrementado año a año  ¿sabeis algo?



 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- Correcto

2.- El del INSS patina; el art. 8 del RDL 5/2013, dice que se seguirá aplicando la regulación de la pensión de jubilación,en sus distintas modalidades, requisitos de acceso, CONDICIONES, y reglas de tdeterminación... Por tanto, entiendo que, en ese caso, se mantendrá la legislación antigua (que al final no sabremos cuál es.
 

silcon

Nuevo miembro
estoy esperando a ver que me dicen hoy del Inss que quedaron en llamarme, pero desde luego con respecto a las jubilaciones parciales tengo ya tanto lío en la cabeza que sólo espero que nadie más se interese porque le tramite una.
si me dicen algo más ya os lo comento.
 

silcon

Nuevo miembro
silcon dijo:
estoy esperando a ver que me dicen hoy del Inss que quedaron en llamarme, pero desde luego con respecto a las jubilaciones parciales tengo ya tanto lío en la cabeza que sólo espero que nadie más se interese porque le tramite una.
si me dicen algo más ya os lo comento.

bueno pues me dicem.

respecto al que se jubiló parcialmente en febrero que mantendrá la cotización por el 15% de jornada.

Y respecto que parece que a los incorporados a planes de jubilación se les  tendrá que cotizar por el 50% aunque no lo tienen claro y están esperando a recibir instrucciones de Madrid. Me volverán a llamar.

 

silcon

Nuevo miembro
FERNANDO dijo:
1.- Correcto

2.- El del INSS patina; el art. 8 del RDL 5/2013, dice que se seguirá aplicando la regulación de la pensión de jubilación,en sus distintas modalidades, requisitos de acceso, CONDICIONES, y reglas de tdeterminación... Por tanto, entiendo que, en ese caso, se mantendrá la legislación antigua (que al final no sabremos cuál es.

Hoy he ido al Inss a registrar unos acuerdos de empresa para el mantenimiento de las condiciones anteriores a los que cumplan 61 años antes de 2019 y me dicen de nuevo en el Inss que la empresa tendrá que hacer la cotización por el 30% en 2013 e ir incrementando el 5% anual.
Y que puede ser que le reclamen esa diferencia de cotización desde el 1 de enero de 2013  a quienes tramitaron antes del 31 de marzo de 2013.
Eso sí, dice que en TGSS no tienen aún preparados los cambios técnicos necesarios para ello así que no sabe qué va a pasar.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ayer estuve en una conferencia del colegio de graduados de Barcelona; el problema de los incorporados a planes de pensiones es que,prácticamente, no hay nadie en esta tesitura; ¿por qué?; pues porque el art. 8 del RDL 5/2013, habla de personas incorporadas a planes de jubilación. Es decir; que debe de constar el nombre de la persona incorporado, no vale que un convenio tenga su plan de jubilación parcial. De lo contrario, la ley hablaría de "personas afectados por convenios o acuerdos colectivos de empresa que tengan planes de jubilación parcial"...
 

silcon

Nuevo miembro
FERNANDO dijo:
Ayer estuve en una conferencia del colegio de graduados de Barcelona; el problema de los incorporados a planes de pensiones es que,prácticamente, no hay nadie en esta tesitura; ¿por qué?; pues porque el art. 8 del RDL 5/2013, habla de personas incorporadas a planes de jubilación. Es decir; que debe de constar el nombre de la persona incorporado, no vale que un convenio tenga su plan de jubilación parcial. De lo contrario, la ley hablaría de "personas afectados por convenios o acuerdos colectivos de empresa que tengan planes de jubilación parcial"...

en mi caso, y se de muchas empresas que han hecho lo mismo por aquí es firmar acuerdo colectivos de empresa antes del 31 de marzo, únicamente a estos efectos, incluyendo en dicho acuerdo los listados de los trabajadores que cumplían los 61 años antes de 2019.  y los hemos registrado en el Inss junto con la certificación y el escrito según el RDL 5/ 2013.
Tanto sindicatos como patronales han enviado información a las partes para que tuvieran en cuenta esta posibilidad, y ya te digo, se de muchas que lo han hecho. Pero ahora tenemos la duda con la cotización...
 

Ro

Miembro activo
Yo también he registrado en el INSS hoy alguno, y mi pregunta es, estos planes sirven para que se aplique la ley anterior a enero 2013 y por lo tanto sin incremento de cotización tanto para los que se jubilen desde ahora hasta el 2019 o incluso si incluimos en ese plan a los jubilados con posterioridad a la ley 27/2011, pero anteriores al Real Decreto 5/2013??
Por cierto si una empresa no tiene representante de los trabajadores: ¿firmarían el acuerdo todos y cada uno de los trabajadores de la empresa?
Yo he presentado un acuerdo y un anexo con los posibles trabajadores afectados, ahora me comentó una compañera que el Anexo debe ser una CERTIFICACIÓN, sabeis algo más sobre esto??
Por cierto el plazo de hasta el día 15 de abril incluye la presentación en el INSS o también el registro en REGCON. Gracias
 
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