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Carolina

Nuevo miembro
Si un trabajador se lastima un sabado por la tarde, y al lunes siguiente va al medico para que le de baja, esta baja tiene que pagarla el empresario??? logicamente el sabado por la tarde no esta trabajando.
Un saludo
 

Paco~

Nuevo miembro
Carolina dijo:
Si un trabajador se lastima un sabado por la tarde, y al lunes siguiente va al medico para que le de baja, esta baja tiene que pagarla el empresario??? logicamente el sabado por la tarde no esta trabajando.
Un saludo

Hola, pues no la entiendo del todo, pero...

Si el trabajador como consecuencia de "su hacer" en tiempo de descanso sufre un accidente (NO LABORAL), la baja no será por contingencias profesionales (accidente de trabajo), pero sí por contingencias comunes (accidente no laboral) en los mismos términos de si se tratase de una baja por enfermedad común. Es decir, deberá el empresario tramitarla y en su caso, abonarla en régimen de pago delegado.

En otras consideraciones (pagarla el empresario), no entro, porque en la consulta no se expresan con la claridad necesaria.

Con saludos.
 
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