Extincion jubilacion empresario persona física, algunas cuestiones. URGENTE

Juan Miguel

Nuevo miembro
Hola a todos, ya comenté el tema anteriormente, pero os cuento:
Empresario persona física que se jubila, cumple los 65 el dia 11 de febrero, ayer.
Solicité previamente la jubilación, ayer me dieron en el INSS un ciertificado en el que se certifica que: "al dia de la fecha (11-02-2009) percibe el dia de la fecha pensión por jubilación ordinaria tal y tal, fecha de efectos de la prestación 1-03-2008).
Anoche me llaman del sindicato poniendo en duda la fecha de extinción, me dicen que debería ser el 1-03-2008.
Tambien ponen en tela de juicio los importes de la liquidación, ya que dicen que estoy aplicando la tabla salarial del 2008, obviamente no se ha publicado la del 2009 (siderometalurgia).
He descontado del finiquito los dias de vacaciones, ya que los ha disfrutado (no hay trabajo y se han tomado de vacaciones los 4 dias que correspondian del 2009).

Respecto a la fecha de jubilación, no lo tengo claro, el certificado dice claramente "al dia de la fecha" entiendo que el empresario está jubilado, de hecho hoy ya no trabaja nadie en la empresa.

Respecto a la tabla salarial, habitualmente suelo aplicar el concepto "a cuenta de convenio" pero dado que la subida del IPC es solamente 1,40% he optado por no aplicarlo en la nómina de enero, sino devengar atrasos de convenio cuando la tabla se publique, supongo que será de un 1,95% tal y como manda el convenio del 2007.

Qué opinais sobre estos puntos, tengo que hablar con el sindicato esta mañana y necesito algo mas de información.
Un saludo y gracias de antemano.
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- La fecha de efectos de la jubilación es la del cese en el trabajo, no la fecha de efectos de la prestación.

2.- Los atrasos se han de pagar una vez aparezcan las tablas, no antes. Otra cosa es que se las exijan al empresario aún y cuando esté jubilado.
 
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