Hay que comprobar que los días cotizados antes del 1-1-1967 se han realizado a una Mutualidad por cuenta ajena. No valen las cotizaciones realizadas en la actividad agraria ni al servicio doméstico.
Reuniendo la condición de ser mutualista por esas cotizaciones cumpliría el requisito necesario que le permite acceder a la jubilación a partir de los 60 años de edad.
Al acreditar más de 30 años de cotización y entendiéndose cumplido el requisito de la involuntariedad del cese anterior en el trabajo, al haber extinguido la prestación por desempleo por agotamiento del plazo máximo de duración, le corresponden reducciones favorables.
Al estar en el tramo de los 35 a 37 años acreditados le corresponde un 7 % de reducción por cada año anticipado a los 65, es decir 7 % x 5 años = 35 % de reducción de la pensión, suponiendo que se jubila a los 60 años.
La solicitud de pensión de jubilación se puede presentar con una antelación de 3 meses al cumplimiento de la edad, también tratándose de jubilación anticipada.
Saludos.