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Carlos2
Guest
Un convenio considera falta muy grave, susceptible de ser sancionada con el despido, las ausencias de tres o más días sin causa justificada y tengo el caso de un trabajador con ausencias de dos días completos, otro día que solamente trabajó dos horas (su jornada es de ocho) y otro día que trabajó cuatro.
¿Consideráis que estas ausencias de seis y de cuatro horas respectivamente pueden ser consideradas como ausencias a los efectos de alcanzar el mínimo de tres días que marca el convenio para que la falta sea muy grave?
No he encontrado sentencias que traten este tema.
Muchas gracias
¿Consideráis que estas ausencias de seis y de cuatro horas respectivamente pueden ser consideradas como ausencias a los efectos de alcanzar el mínimo de tres días que marca el convenio para que la falta sea muy grave?
No he encontrado sentencias que traten este tema.
Muchas gracias